PASITO A PASITO
Recibido de USO el 23/11/2005 17.59
Después de un largo proceso jurídico, USO ha ganado una demanda que permitirá el acceso de la mujer a puestos altamente masculinizados en la industria.
José Vía, secretario confederal de Acción Sindical, ha manifestado que el fallo permite el derecho de la mujer “a un empleo estable y bien retribuido, algo a lo que parece que están, y algunas empresas les obligan a estar relegadas”.
Solvay es una empresa multinacional petroquímica, con 12 centros en España –este año celebra el centenario de su primera fábrica en nuestro país- y presente en 32 países. Vía señala que la sentencia vendrá
El TSJ de Cantabria, el 14 de Noviembre de 2005, ha dictado sentencia, estimando el recurso presentado por el Gabinete Jurídico de USO en Cantabria y el Ministerio Fiscal, declarando:
Ø La conducta de Solvay y TEA – CEGOS –empresa multinacional que gestionó los exámenes de selección- es contraria al principio de igualdad constitucional de acceso al empleo de las mujeres en las fabricaciones de producción en régimen de turnos de mañana, tarde y noche en los procesos de selección.
Ø La sentencia considera que Solvay debe cesar de manera inmediata en su actitud de atentado a la igualdad en el acceso al empleo por razón de sexo, aplicando la acción positiva del art. 18 del convenio colectivo. Además, señala que debe considerarse como candidata en reserva a la trabajadora que superó todas las pruebas, incluida la psicotécnica, y que fue excluida en la entrevista personal, para su contratación preferente en las nuevas contrataciones previstas para los años 2005 y 2006.
UNA SENTENCIA HISTÓRICA EN ESPAÑA EN LA LUCHA POR LA IGUALDAD ENTRE HOMBRE Y MUJER
Esta sentencia supone un hito histórico en España en la lucha por la igualdad en el acceso al empleo industrial de la mujer.
Desde USO saludamos la decisión de la Sala de lo Social del TSJC, revocando la “peculiar sentencia” del Juzgado de lo Social Nº 1, dictada por D. Antonio Da Silva Fernández que incluso llegó a argumentar que cuando se produce segregación en el empleo “no debe hacerse responsable únicamente a la empresa Solvay sino que se trata de un problema o fallo en el sistema educativo”.
Esta sentencia del TSJ de Cantabria abre un rayo de esperanza para continuar en la lucha por la igualdad hombre-mujer.
La sentencia determina con claridad la fundamentación jurídica de la discriminación directa como la discriminación indirecta y la jurisprudencia europea y español (Tribunal Constitucional y Supremo) aplicables a este caso, argumentando:
“Se considera DISCRIMINACIÓN INDIRECTA en función del resultado, no siendo necesario un tratamiento inicialmente diferente ya que un tratamiento formalmente igual, neutro, puede resultar sin embargo ilegítimo porque sus efectos son perjudiciales para un determinado colectivo.”
Una de ellas pasó todas las pruebas, pero no superó la “entrevista”, última fase de la selección. Siete mujeres han contactado con la USO tras la sentencia para denunciar una situación idéntica en procesos anteriores.
Ø Se solicitó en la convocatoria formación profesional técnica como elemento de selección, cuando no se requiere en el Convenio Colectivo.
Ø Se eliminaron los curriculums de las mujeres sin especialidad técnica, pero se han llegado a contratar a 3 hombres sin ella.
Ø Se valora la realización previa de prácticas en el Sector Industrial. Ninguna mujer tiene acceso a estas prácticas.
Ø No se aplicó la cláusula 18 del Convenio de “Acción Positiva”.
Ø Se negó por Solvay y TEA – CEGOS la información sobre las candidaturas solicitada por USO amparándose en la Ley de Protección de Datos.
El TSJC estima el recurso y condena a Solvay a la contratación de la mujer que superó en 2004 todas las pruebas, incluso la psicotécnica, trabajadora de la que Solvay sigue sin dar a conocer su identidad, a pesar de que si por otra razón es novedosa esta sentencia es porque el TSJC hace prevalecer en su fallo el derecho a la igualdad por encima del de la protección de datos –argumento que utiliza la empresa para no dar a conocer los nombres de los candidatos a los puestos convocados-
USO incluyó en su argumentación un informe de los Servicios Jurídicos el Instituto de la Mujer en el que se valoraban indicios de discriminación en el proceso de selección de Solvay.
José Vía añade que “en este tipo de batallas deben involucrarse la Administración y las Asociaciones de Mujeres en cuanto se sospeche un mínimo indicio de discriminación. No basta con promulgar leyes; la ley debe de traspasar la puerta de las empresas, y eso es trabajo de todos, por el que aún, aunque nos cueste creerlo, hay que seguir peleando”.

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